Vida.
Jesús Iberia.
Con toda sinceridad,
considero que después de los máximos Ideales de Dios y de Patria,
en el orden de prelación y de importancia de los Principios
fundamentales y eternos que defendemos, y que con toda satisfacción
vengo exponiendo y explicando a nuestros lectores, el que sigue en
tercer término no podía ser otro que el Principio y el Ideal de la
VIDA.
Dios es el Autor de
la Vida en todos sus órdenes: la Vida de la Creación, del Hombre y
de la Historia.
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La Patria está
incardinada dentro de la Creación (realidad viviente) y de la
Historia (vida en movimiento). Y como consecuencia de ellas, es
también el escenario de la Vida del Hombre.
El Hombre, que toma
su existencia vital de las manos de su Creador, decide desarrollar
su proyecto vital y común en un punto geográfico e histórico
determinado, en el cual honra a sus ancestros y lucha por su
descendencia.
Así pues, podemos
determinar que sin Dios no puede haber Vida, y sin Vida no puede
haber Patria.
El inicio de la Vida
es fruto de la acción creadora de Dios, del cual venimos, por el
cual existimos y al cual nos dirigimos.
La Vida, que
representa el principio y el fin de toda existencia, de toda razón
de “ser”, supone un don voluntarioso y una gracia consciente de
Dios para con el Hombre, el cual está obligado a recibirla con
agradecimiento y a conservarla para glorificarle a Él y para
alcanzar la salvación eterna de su alma. Porque cada cual, aún
siendo responsable de su vida delante de Dios, no es dueño. Sólo
somos administradores y no propietarios de la vida que Dios nos ha
confiado.
Así lo determina
claramente la Sagrada Escritura:
“El Señor Dios formó al hombre (…) le insufló en su nariz un hálito
de vida, y así el hombre llegó a ser un ser viviente” (Génesis
2, 7)
“Cuanto ha sido hecho en Él es Vida, y la vida es la luz de los
hombres” (S. Juan 1,
4)
“Yo soy la resurrección y la Vida. El que cree en mí, aunque muera,
vivirá. Y todo el que vive y cree en mí, no morirá para
siempre” (S. Juan
11, 25-26)
Teniendo en cuenta
todo esto, es claro y tajante que el
derecho inalienable de todo ser humano inocente a la Vida y a la
integridad física, como condición indispensable en el
desarrollo de su personalidad y relación con los demás hombres, constituye
el elemento esencial e insustituible de la sociedad civil organizada, y por lo tanto de la legislación que ha de informar a
esta, circunstancia a la que
están obligadas amparar las autoridades públicas.
En este plano
social, el derecho a la propia Vida, y el porqué nacemos y
existimos se convierte en la piedra angular en las relaciones del
Hombre para con Dios y para con su Patria: un estado de elección y
consciencia libre y a la vez responsable. En primer término, para
Amarle, Servirle y Obedecerle. En segundo término, para defenderla,
servirla y engrandecerla.
Como muy bien
afirmara José Antonio Primo de Rivera, un 1º de marzo de 1934:
“La vida no vale la pena si no
es para quemarla al servicio de una empresa grande”
La Vida va natural e
inseparablemente unida a la fecundidad, y la fecundidad es, como ya
hemos dicho, un don.
Un don concedido al
hombre y a la mujer, los cuales, llamados a dar la Vida, participan
del poder creador y de la paternidad de Dios.
Aclaradas todas las
características que van irremisiblemente unidas al concepto y valor
de la Vida, no obstante, este Principio universal se ve hoy en día
atacado, desvirtuado o despreciado por una serie de graves
actuaciones por parte del hombre que, en un mal uso, equivocado e
injusto, de su libertad, no hacen sino herir el Plan Vital de la
Creación.
Pasemos a analizar
todas las amenazas que en los tiempos presentes se ciernen sobre
ella, y pongamos los puntos sobre las íes donde sea necesario para
encontrar aquellas soluciones urgentes de poner en marcha, y que
convierten en consecuencia a la Vida en un Principio intrínsecamente
bueno y justo que defender y por el que luchar:
- La Fecundación “in Vitro” y la Inseminación artificial:
Estas técnicas
provocan una separación de la paternidad debido a la intervención
de una persona ajena a los cónyuges, en el primer caso, o a la
mujer, en el segundo.
Son gravemente
deshonestas y antinaturales, porque, en primer lugar, lesionan el
derecho del niño a nacer de un padre y una madre conocidos por él
y ligados entre sí por el matrimonio, y en segundo lugar, porque
disocian el acto sexual del acto procreador, por lo cual lo que se
obtiene como consecuencia es que el acto fundador de la vida y la
existencia de un hijo ya no es un acto de amor y de donación de una
persona respecto a la otra, sino que instaura un dominio de la técnica
sobre el origen y el destino de la persona humana, contraria a toda
dignidad. La procreación queda así privada de su perfección,
desde un punto de vista moral, cuando no es querida como fruto del
amor conyugal.
> Tenemos así la
grave responsabilidad de resaltar que
la sexualidad debe abarcar todos los aspectos de la persona humana,
en una unidad total de cuerpo y alma, pues concierne particularmente
a la afectividad, a la capacidad de amar y procrear.
El hombre y la mujer
han de darse totalmente el uno al otro para ejercitar la fecundidad
como don de Dios, como una inseparable conexión que el Señor ha
querido y establecido, y que el hombre no puede romper por propia
iniciativa, porque llamados a dar la Vida, así los padres
participan en el poder creador de Dios.
- La Clonación:
Ya sea en una u otra
vertiente: la terapéutica o la “reproductiva”
En la primera, es
inmoral producir embriones humanos destinados a ser explotados como
“material biológico disponible”. Suena bien para los vivos,
pero no para los embriones que merecen vivir y que son destrozados
para obtener células madre.
Los que miran a la
producción de seres humanos seleccionados en cuanto al sexo u otras
cualidades prefijadas, cometen una manipulación que es contraria a
la divinidad del ser humano, a su integridad e identidad.
En la segunda, se
pretende sustituir a Dios por el Hombre como creador capacitado,
obteniendo unos seres monstruosos que, al no estar creados
directamente por la voluntad del Señor como imagen y semejanza
suya, no poseen en consecuencia un alma inmortal capaz de salvarse o
de condenarse, pudiendo ser como animales autómatas con apariencia
humana sometidos a las voluntades más retorcidas, capaces de
ejecutar las órdenes más perversas. Algo verdaderamente maléfico
y demoníaco.
> Todo aquello
que sustituya a Dios por la acción humana es, simplemente, un
pecado. Y en este punto considero que no hay mejor solución que
negarse taxativamente a promover o alentar una iniciativa de este
tipo.
- El Aborto
Toda interrupción
consciente y violentamente provocada de la gestación de un ser
humano (ya sea quirúrgica, química o por administración de
“medicamentos”), sea cual fuere su estado más o menos iniciado
o avanzado, supone, en cualquier caso y circunstancia, una malicia
moral, un crimen abominable y un daño irreparable
para la criatura, los padres y la sociedad.
La cooperación
formal a un aborto constituye, independientemente del nivel de
responsabilidad en él, un pecado grave que, como establece el Código
de Derecho Canónico en su canon nº 1398, viene aparejado la
excomunión inmediata.
La vida humana debe
ser protegida y respetada de manera absoluta desde el mismo momento
de su concepción; una vez que se unen el Óvulo y el Espermatozoide
ya es cuando existe un ser humano independiente. Desde el primer
instante de su existencia, el ser humano debe ver reconocidos su
derecho inviolable a la existencia.
Como bien nos señala
el Catecismo, el diagnóstico prenatal es moralmente lícito si
respeta la vida e integridad del embrión y del feto humano, y si se
orienta hacia su protección o curación. Pero se opondrá
gravemente a la Ley Moral cuando contempla la posibilidad, en
dependencia de sus resultados, de provocar un aborto: un diagnóstico
que atestigua la existencia de una malformación o de una enfermedad
hereditaria no debe equivaler a una muerte segura.
> Para evitar
este verdadero Genocidio en España y en el Mundo, las Autoridades
deberían elaborar tanto un Plan Nacional de Madres Solteras, para
estimularlas a tener sus respectivos hijos y ayudarlas si tuvieran
algún tipo de precariedad a la hora de afrontar la educación de su
criatura, como una Red de Adopción que pudiera entregar a los hijos
no deseados a familias que por motivos de infertilidad no pudieran
procrear hijos naturalmente.
- El Suicidio:
Tan desgraciadamente
de moda en nuestra Sociedad actual, sobre todo en muchísimos jóvenes
de nuestro tiempo ante las oscuras perspectivas de futuro de muchos
de ellos o ante el miedo a la soledad y al fracaso de muchas
personas mayores, no obstante contradice la natural inclinación del
ser humano a conservar y perpetuar su vida propia, y por tanto es
gravemente contrario al amor a sí mismo. Ofende también amor al prójimo
porque rompe injustamente los lazos de caridad y relación con las
sociedades familiar, nacional y humana.
Según la Iglesia,
bien es verdad que trastornos psíquicos graves, la angustia o el
temor grave de la prueba, del sufrimiento o de la tortura, pueden
disminuir la responsabilidad del suicida.
Pero no se debe
desesperar de la salvación eterna de aquellas personas que se han
dado muerte, pues Dios puede haberles facilitado por caminos que él
sólo conoce la ocasión de un arrepentimiento salvador.
> Hay que rezar
por todas aquellas personas que desdichadamente han atentado contra
su propia vida, y es nuestra obligación dedicar todo el tiempo y
los medios posibles a nuestro alcance para procurar cuantas
iniciativas promuevan, en todos los órdenes, una asistencia moral,
psicológica, legal, social y económica a todos los que se
encuentren en dificultades, para devolverles la ilusión por vivir y
estimularles con un optimismo en proyectos de vida ambiciosos y a la
vez realizables.
- La Eutanasia:
Una acción u omisión
que suponga provocar la muerte directa para suprimir el dolor,
constituye un homicidio gravemente contrario a la dignidad de la
persona humana y de respeto del Dios vivo, su Creador.
> Hay que
resaltar que la interrupción de tratamientos médicos onerosos,
peligrosos o desproporcionados a los resultados sí puede ser legítima.
Con ello no se pretende provocar la muerte, se acepta no poder
impedirla.
El uso de analgésicos
para aliviar los sufrimientos del moribundo, incluso con riesgo de
abreviar sus días, puede ser moralmente conforme a la dignidad
humana si la muerte no es pretendida, ni como fin ni como medio,
sino solamente prevista y tolerada como inevitable.
- El Homicidio:
Dar muerte a otro
ser humano, especialmente si se comete bajo la guía del Odio, el
Rencor o la Venganza, es un crimen especialmente grave “que
clama al cielo” (Génesis 4, 10)
Por tanto, nadie, en
ninguna circunstancia, puede atribuirse la potestad de matar de modo
directo a un ser humano inocente.
> En consecuencia, “la
legítima defensa no
es solamente un derecho, sino un deber
grave”, como nos señala el punto 2265
del Catecismo de la Iglesia Católica, que viene así a
corroborar en la actualidad el Magisterio Tradicional que ya
estableciera Santo Tomás de Aquino, en la Summa
Teológica:
“Es mayor la obligación que se tiene de velar por la propia vida que por
la del otro”.
Y por otra parte, el
recurso extremo a la Pena
Capital por parte de las autoridades legítimas que rigen los
destinos de una Sociedad, precisamente para salvaguardar la vida de
sus ciudadanos, viene avalado por San Agustín en sus Confesiones:
“De la misma forma que el médico está facultado a amputar el miembro
gangrenado para que no dañe al resto del cuerpo enfermo, así la
autoridad legítima está autorizada a amputar al extraño que cause
grave perjuicio
por la propia salud de la
Sociedad”.
Como por el punto 2266
del Catecismo:
> “La preservación del bien común de la sociedad exige colocar al agresor
en estado de no poder causar perjuicio. Por este motivo, la enseñanza
tradicional de la Iglesia ha reconocido el justo fundamente del
derecho y el deber de la legítima autoridad pública para aplicar
penas proporcionadas a la gravedad del delito, sin excluir, en casos
de extrema gravedad, el recurso a la Pena de Muerte”.
Como por el actual
Papa Benedicto XVI, en declaraciones antes de ser llamado a la Silla
de Pedro, siendo todavía Cardenal:
“Cuando la pena de muerte es legal, lo que se hace es castigar a un
sujeto que ha cometido un delito comprobado y de extrema gravedad, y
que, además, pueda ser un peligro para la paz social; es decir, se
castiga a un culpable”.
Sea de este modo
claro a todos, para terminar, que la
vida de los hombres y la tarea de transmitirla no se limita sólo a
éste Mundo y no se puede medir ni comprender sólo por él, sino
que mira y ha de mirar siempre al Destino último y eterno de esos
mismos hombres.
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