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Actualizada: 07 de Agosto de 2.009.  

 
 
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 Consideraciones para un debate sobre


 "El incremento de las penas privativas de derechos"


   Por Pablo Gasco de la Rocha.


Cada vez es mayor el número de personas a favor del endurecimiento de las penas para los delitos más graves, incluso para los cometidos por menores.  Y en esta cuestión, quienes así se manifiestan, no lo hacen al margen del Derecho. Pues, aun sin formación jurídica a nadie se le escapa, que es el Derecho, como conjunto de normas estables que regulan toda organización política, quien tiene la facultad del empleo de la fuerza como regulador del legítimo poder coactivo del Estado, estableciendo los delitos y las penas privativas de derechos que son su consecuencia. De lo que se trata, por tanto, es que las conductas susceptibles de ser penalizadas encuentren una proporción al daño inferido y a la peligrosidad del autor. Y todo ello, naturalmente, sin obviar la aplicación de la equidad a la norma como ponderación de las circunstancias, y al margen de las atenuantes reguladas que competan a cada caso que se juzgue.

Partiendo, pues, de esta consideración, lo que la ciudadanía pretende, es defenderse a través del Derecho contra aquellas personas que perturban, y en muchas ocasiones muy gravemente, la convivencia social, atentando contra bienes jurídicos que el Derecho protege y haciéndose eco de la repulsa que tal vulneración produce en el conjunto social. Con lo que vista la cuestión de esta forma, es la victima la que nos debe dar lástima. Pues la misericordia con el delincuente, sobre todo con el asesino, debe entenderse sólo desde la recta razón y la moral cristiana.  

La pena, por otra parte, y frente a otros argumentos interesados, tiene antes que nada un valor de castigo, por cuanto castiga una conducta tipificada de antijurídica que atenta contra un bien protegido. Lo que en nada desdice de su aspecto rehabilitador. Pues todo castigo lleva implícito ese aspecto. Sin embargo, tal aspecto de la pena, el castigo, lo hemos venido marginando, hasta casi hacerlo desaparecer, ampliando las llamadas medidas “de rehabilitación” que conforman en las legislaciones con todo tipo de gracias y para todo tipo de delincuentes. Hasta el punto, que muchas veces tales medidas constituyen verdaderos agravios comparativos respecto a los derechos de las víctimas. De ahí, el gran impacto que produce en España todas esas ejecuciones “ajustadas a Derecho” que contempla la legislación penal norteamericana. Un impacto que deviene en perplejidad cuando oímos las declaraciones de los partidarios que se concentran frente al establecimiento penal el día de una ejecución. Y es que resulta sorprendente considerar, que el llamado “monstruo de Austria”, Josef Fritzl, que encerró y violó durante 24 años a su hija, con la que tuvo siete hijos-nietos, en España saldría de rositas y con todos los derechos una vez hubiese cumplido no más de diez años de internamiento.

No podemos seguir siendo el paraíso de los grupos criminales organizados (que ya lo somos). No podemos estar a merced de cualquier menor asesino que sabe que su conducta no lleva aparejada un castigo ejemplar (que cada vez hay más). No podemos seguir con las mismas leyes penales que nos han conducido a ser el país con mayor criminalidad de Europa, superados sólo por Rusia, Rumania y Lituania. Y no podemos considerar, por mucho que lo diga ese insensato de zapatos con “alzas” que es Federico Trillo (miembro del PP y responsable de la Comisión de Justicia del Congreso), que aplicar la pena de “cadena perpetua” es decimonónico.  

Y es que en esta cuestión de los delitos y de las penas, como en tantas otras cuestiones, no sólo hemos perdido el sentido de la Justicia como “voluntad constante de dar a cada uno lo suyo”, sino el mismo sentido común, ese sentido que nos advierte, que “el miedo guarda la hacienda”.

 


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