Ante la creación de un mando único y
la redacción de el decreto de unificación, el general Kindelán
redacta el siguiente proyecto de decreto:
Constituye precepto indiscutible del
arte de la guerra la necesidad del mando único de los Ejércitos
en campaña. En la nuestra, hasta ahora, la falta de tal
requisito, impuesta por la incomunicación inicial entre los
teatros de operaciones, ha sido suplida por el entusiasmo y
buena voluntad de todos y por la unidad espiritual, que es
característica, destacada del Movimiento.
Realizada la conjunción táctica e
incrementadas considerablemente las fuerzas de los Ejércitos,
se hace inaplazable dar realidad al mando único, postulado
indispensable de la victoria. Razones de todo linaje señalan
además la conveniencia de concentrar en un solo poder todos
aquellos que contribuyen a la consolidación de un nuevo
Estado con asistencia fervorosa de la nación.
En su virtud, y en la seguridad de
interpretar el sentir nacional auténtico, se decreta:
Artículo 1º.- Todas las Fuerzas
de Tierra, Mar y Aire que colaboran o colaboren en el porvenir
a favor del Movimiento estarán subordinadas a un mando único,
que desempeñará un general de división o vicealmirante.
Artículo 2º.- El nombramiento se
llamará generalísimo y tendrá la máxima jerarquía
militar, estándole subordinados los militares y marinos de
mayor categoría.
Artículo 3º.- La jerarquía de
Generalísimo llevará anexa la función de jefe del Estado,
mientras dure la guerra, dependiendo del mismo, como tal,
todas las actividades nacionales: políticas, económicas,
sociales, culturales, etc.
Artículo 4º.- Quedan derogadas
cuantas disposiciones se opongan a ésta.
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