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Actualizada: 25 de Abril de 2.006.  

 
 
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Carmen Polo de Franco


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Ante la creación de un mando único y la redacción de el decreto de unificación, el general Kindelán redacta el siguiente proyecto de decreto:

Constituye precepto indiscutible del arte de la guerra la necesidad del mando único de los Ejércitos en campaña. En la nuestra, hasta ahora, la falta de tal requisito, impuesta por la incomunicación inicial entre los teatros de operaciones, ha sido suplida por el entusiasmo y buena voluntad de todos y por la unidad espiritual, que es característica, destacada del Movimiento.

Realizada la conjunción táctica e incrementadas considerablemente las fuerzas de los Ejércitos, se hace inaplazable dar realidad al mando único, postulado indispensable de la victoria. Razones de todo linaje señalan además la conveniencia de concentrar en un solo poder todos aquellos que contribuyen a la consolidación de un nuevo Estado con asistencia fervorosa de la nación.

En su virtud, y en la seguridad de interpretar el sentir nacional auténtico, se decreta:

Artículo 1º.- Todas las Fuerzas de Tierra, Mar y Aire que colaboran o colaboren en el porvenir a favor del Movimiento estarán subordinadas a un mando único, que desempeñará un general de división o vicealmirante.

Artículo 2º.- El nombramiento se llamará generalísimo y tendrá la máxima jerarquía militar, estándole subordinados los militares y marinos de mayor categoría.

Artículo 3º.- La jerarquía de Generalísimo llevará anexa la función de jefe del Estado, mientras dure la guerra, dependiendo del mismo, como tal, todas las actividades nacionales: políticas, económicas, sociales, culturales, etc.

Artículo 4º.- Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a ésta.     


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