Mire guapa, las pruebas de cargo contra tu padre en los tres
procesos como imputado de prevaricación y cohecho son incontestables
desde el punto de vista jurídico. Otra cosa es que usted, como hija,
no lo vea así, aunque a lo mejor dentro de algunos años, cuando se
case, se lo haga ver su marido, pues dos ven mejor que uno.
En cuanto al primer proceso, visto y sentenciado,
su
padre vulneró la ley a sabiendas, en su exclusivo beneficio, por
cuanto
los amparos que esgrimió en defensa de sus actuaciones delictivas no
se correspondían al caso: ni sobre la base del artículo 51.2º de la
Ley Orgánica General Penitenciaria (LOGP), porque dicha regla afecta
exclusivamente a los supuestos de terrorismo; ni en base al artículo
579 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal sobre esa interpretación
sui generis que del caso hizo de diferenciar entre la
intervención de las comunicaciones pero no de las grabaciones fuera
de una comunicación cerrada.
Con todo, está condena no puede ser la única que le caiga a su
padre, porque en el proceso penal que instruyo sobre los supuestos
crímenes del franquismo era plenamente consciente de que no tenía
competencias para asumir tal investigación, a pesar de lo cual
asumió el control de las localizaciones y exhumaciones (aunque luego
lo que se encontrarán fueran cadáveres de cerdos y mulas) dentro de
un proceso penal cuya artificiosa incoación suponía desconocer
principios esenciales del Estado de Derecho como el de legalidad
penal, así como la irretroactividad de la ley penal. Incluso, el
desconocimiento objetivo de las leyes aprobadas en referencia a la
Ley de Amnistía. Ley, señorita Garzón, por la que salieron a la
calle miles de terroristas de extrema izquierda para seguir matando.
Como igualmente le corresponde ser condenado en su tercer proceso,
por cuanto su actuación cuadra perfectamente en el tipo delictivo de
cohecho, al haber obtenido de las compañías con causas en su
juzgado- "que nunca iban a negar un patrocinio impulsado por él",
como dice textualmente el auto-, 1,2 millones de dólares que
implicaron la obtención de un aprovechamiento para aprender inglés
en Nueva York.
Por todo lo cual, señorita Garzón, no es que España en general y el
Poder Judicial en particular tengan una especial antipatía hacia su
padre, que en mi caso es notoria y justificada, sino que su padre,
como aprecia el Estado de Derecho, es lo es, un delincuente.
Respecto a lo del champán, sinceramente no lo había pensado, pero
ahora que lo considero puede que lo haga, porque ya sabe usted que
en toda celebración que se precie debe beberse.
No le digo que se busqué otro padre, porque cada cual tiene el que
tiene, lo que sí la digo es que supere la anécdota para
abordar hasta el fondo el diálogo interno, que es el diálogo entre
el ello, el yo y el super-yo, y que debe conducir a la independencia
y la autoafirmación de uno mismo, o, por el contrario, a una larga
permanencia en la prisión mental en la que ahora, señorita Garzón,
se encuentra. |
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