Todavía queda un resquicio de esperanza.
UN
INFORME DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID CONSIDERA ILEGAL RETIRAR LA ESTATUA
DE FRANCO Y PIDE SU RESTITUCIÓN
El arquitecto técnico de
la sección de disciplina urbanística pone de manifiesto que la
escultura goza del «máximo nivel de protección» en el Plan General
de Ordenación Urbana. Apunta a una presunta infracción urbanística
del Ministerio de Fomento
|
El Ministerio
de Fomento, que dirige Magdalena Álvarez, podría haber
incurrido en una infracción urbanística al retirar el pasado
día 16 la estatua ecuestre de Francisco Franco, ubicada en la
Plaza de San Juan de la Cruz de Madrid. Así lo pone de
manifiesto un informe de la sección de disciplina
urbanística de la Junta de Distrito de Chamberí, que destaca
que el monumento «está incluido en el Catálogo de Elementos
Protegidos del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid»,
y con el «máximo nivel de protección: histórico
artístico». El informe, incluido en el expediente abierto
por las «obras» de Magdalena Álvarez, concluye que procede
requerir a Fomento para que «restituya el monumento a su
ubicación original». |
Javier Prats
Madrid- El Ayuntamiento de Madrid no
quiere echar más leña al fuego en la polémica abierta por la retirada
de la estatua de Franco en la capital, pero los técnicos del
Consistorio que preside Alberto Ruiz-Gallardón siguen cumpliendo con su
obligación al margen de las batallas políticas e ideológicas. Un
informe de la sección de disciplina urbanística de Chamberí –el
mismo distrito que autorizó al Ministerio de Fomento «revisar piezas
de la fachada y ornamentos» en la Plaza de San Juan de la Cruz–, pone
de manifiesto la supuesta ilegalidad de la retirada del monumento
llevada a cabo por el ministerio que dirige Magdalena Álvarez.
El documento, al que ha tenido acceso
LA RAZÓN, está incluido en el expediente que la Junta Municipal abrió
tras la solicitud de «obras» de Fomento.
«De forma clandestina».
Con fecha del pasado día 22, el arquitecto técnico destaca en su
informe que «efectuada visita de inspección a la finca de referencia,
se comprueba que hace escasos días ha sido retirado el monumento a
Francisco Franco, así denominado en el Catálogo, de forma clandestina».
El arquitecto recuerda en primer lugar que «el monumento está incluido
en el Catálogo de Elementos Protegidos del Plan General de Ordenación
Urbana de Madrid, página 519, epígrafe 3.2., de elementos singulares,
con el máximo nivel de protección, “Histórico Artístico”, y número
40223-1».
Al mismo tiempo, el técnico pone de manifiesto que el artículo
4.5.2.1, –«Nivel 1 de Protección Histórico Artística»– del Plan
General de Ordenación Urbana de Madrid protege «los monumentos
conmemorativos y obras de ornato público de carácter único, por la
esencia de la obra, el personaje representado, el motivo o la
significación para la historia de Madrid, por su antigüedad, por su
ubicación original o por haberse configurado como conjunto integrado en
el entorno». El informe recuerda a continuación que la ley considera
infracción urbanística «todo atentado contra la integridad de un
elemento catalogado, ya sea demolición, traslado, desmontaje, sustitución,
tala, poda y, en general, toda transformación que suponga una pérdida
de los valores que han motivado la catalogación del elemento». Por
ello, destaca que, en cuanto a la normativa aplicable en este caso, «las
infracciones urbanísticas contra cualquier elemento catalogado se
tramitarán conforme a lo regulado para el caso de edificios protegidos».
«En consecuencia –concluye el autor del informe– procede requerir
al Ministerio de Fomento (...) para que, en el plazo marcado por la ley,
restituya el monumento a su ubicación original». Fuentes del
Ayuntamiento confirmaron a este diario que el informe, incluido en el
expediente general abierto cuando Fomento pidió hacer sus «obras»,
deberá ser ahora visado por la jefatura de la sección de disciplina
urbanística de la Junta de Municipal de Chamberí, quien a su vez, si
lo avala y lo estima oportuno, lo elevará a la Concejalía de Urbanismo
del Consistorio madrileño.
En el caso de que el Ayuntamiento no actuase en los plazos
establecidos, si es que tuviese que hacerlo por ley, la Comunidad de
Madrid tiene potestad para actuar de forma subsidiaria.
Sanciones.
En este tipo de supuestos la inspección suele abrir dos expedientes,
uno sancionador y otro para la restitución del régimen urbanístico
infringido, que es este caso sería la devolución de la estatua de
Franco a Nuevos Ministerios, cuyo coste correría a cargo del infractor.
Al margen de la calificación que tuviesen estos hechos, la legislación
vigente establece para las infracciones urbanísticas muy graves multas
de entre 601.000 euros y tres millones de euros; para las graves, de
entre 30.001 y 600.000 euros; y para las infracciones leves, de entre
600 y 30.000 euros.
Sólo unos «ornamentos».
El periplo administrativo que tuvo que superar el Ministerio de Fomento
fue el siguiente. El 22 de enero pasado la subsecretaría de Fomento
(María Encarnación Vivanco) solicitó a la empresa Tragsa (José María
Martín Montalvo), «la retirada y transporte a almacén de elementos
arquitectónicos que requieren el acondicionamiento de los accesos al
recinto de Nuevos Ministerios por la Plaza de San Juan de la Cruz». Dos
días más tarde, llegó la solicitud de Tragsa a la Junta Municipal de
Chamberí para ocupar espacio público «para la colocación de andamios»
con el fin de revisar «piezas de la fachada y ornamentos» de la zona,
«con la retirada de los mismos si procede».
El 11 de marzo, la Junta de Distrito de Chamberí autorizó a la
empresa de Fomento instalar la maquinaria («reserva de espacio temporal»),
y cinco días después, a medianoche, los operarios, ayudados por una grúa,
retiraron la estatua ecuestre de Franco.
® La Razón. 30 de Marzo de 2.005.-
© Generalísimo Francisco Franco. 30 de Marzo de
2.005.-